miércoles, 14 de noviembre de 2012

Si las características físicas de mi vehículo no coincide con la tarjeta de propiedad, Tendré algún inconveniente?


Por @EnmanuelLaurel

Si.

En caso se haya hecho modificaciones tales como las que se enumeran a continuación:

  • Si se aumento el largo y/o alto y/o ancho - Aunque no se haya modificado totalmente la carrocería - Digamos que para llevar un poco mas de carga en una baranda sólo se le aumento un poco la altura... aunque sea 15cm.. con eso ya no coincide con la tarjeta de propiedad..
  • Si se modificó totalmente la carrocería (por ejemplo el cambio de Baranda a Furgón).
  • Si se modificó el color... digamos que mi carro era blanco.... pero me pareció bueno combinarlo con una linea roja.... con eso ya no coincide con la tarjeta de propiedad...
  • Si se hizo un cambio de motor.
  • Se incremento 01 (un) eje - o se quitó.
Cuando se haya hecho una modificación se debe gestionar una nueva tarjeta de propiedad en SUNARP adjuntando los requisitos documentarios según el caso, pasar nueva revisión técnica vehicular Y de ser el caso también actualizar la tarjeta de circulación.

Si tienes una placa antigua (por ejemplo XI-0001, por siaca me inventé esta placa) te las van a cambiar por las nuevas placas (por ejemplo V1A-000) aunque tu no lo pidas porque es obligatorio.... aunque sólo cambies el color...

QUE PASA SI, HABIENDO HECHO ALGUNA MODIFICACION EN MI VEHICULO, NO ACTUALIZO MI TARJETA DE PROPIEDAD?


Simplemente estas expuesto a ser intervenido por la policía de carreteras (en las famosas"Garitas") o por algún policía de transito y te impondrán papeletas... 

Si haces una modificación debes de actualizar:
  1. La tarjeta de propiedad. (vehículos en general )
  2. Certificado de Inspección Técnica Vehicular realizado DESPUES de la modificación. (cualquier cambio en un vehículo anula el certificado anterior a la modificación aunque lo tuviera vigente)
  3. Tarjeta de Circulación (se aplica para camiones de las categorías N2-N3)
PD. LAS MODIFICACIONES EN LAS DIMENSIONES Y CARROCERÍA EN VEHÍCULOS DE LA CATEGORÍA M (AUTOMOVILES, CMTAS RURALES, OMNIBUS) ESTAN PROHIBIDAS.

Pongamos un caso: Digamos que tienes una flota de 8 camiones furgones Isotérmico. Necesitas prestar el servicio de mercancías (pescado o helados) a algún departamento de una empresa grande...

Para empezar lo primero que haces es modificar las carrocerías poniéndole un "THERMO KING" - si se hace esto en un furgón isotermico LA DESIGNACION DE LA CARROCERIA CAMBIA ahora es carrocería "Furgón Frigorífico".... y nada más por ponerle un Thermo King.

Este cambio debe verse reflejado en la tarjeta de propiedad y también en la tarjeta de circulación del MTC.... y como comprenderán, estos trámites toman algunos días... (semanas a veces)...

... Y para ese entonces habrán perdido el contrato del transporte de mercancías que tenían con una gran empresa..

Espero que la información en la presente te haya sido útil. Saludos.


Certificado de conversión o Certificado anual de conversión GNV-GLP - ES OBLIGATORIO





Mediante RD. 4016-2012-MTC/15 se establece que:

  • En la Inspección Técnica se deberá presentar el certificado de conversión a GNV o GLP vigente o Certificado de Inspección Anual del Vehículo a GNV o GLP Vigente según corresponda.

En caso de no presentar este documento en el Centro de Revisiones Vehiculares  (centro de Revisiones técnicas Vehiculares / Centro de Inspección Técnica Vehicular o CITV) la unidad obtendrá, como resultado de la revisión técnica, la calificación de MUY GRAVE y no podrá obtener su certificado de revisión técnica.


Esta norma rige a partir del 27 de octubre del 2012 y es de aplicación a nivel nacional en Perú

Sres. Conductores tomar sus precauciones.

Saludos.

Enmanuel.